Todos somos Yanfry

Las redes sociales permiten que muchas situaciones no pasen ahora desapercibidas; anteriormente eran lejanas o ajenas. La aparición en ellas de un niño colombiano llamado Yanfry alegró y emocionó grandemente a muchas personas. No era para menos, aquel niño se mostraba elegante y digno en su andar, e inteligente y tierno en su pensar.

Los videos que muestran a este jovencito fueron aumentando y de allí se pudo conocer su historia, su origen, sus gustos, a su familia y otras cosas más. Fue invitado a programas de televisión en donde se desempeñó como una gran estrella. Fue, incluso, objeto de controversias políticas y de las más simpáticas y diletantes teorías acerca de su naturaleza. En verdad, su historia no pasó desprevenida.

Fue tal el despliegue que alcanzó, que incluso pareciera que por momentos se olvidara que el protagonista era apenas un niño de tres años de edad. Claro, cuando quisieron ponerlo como objeto político, ejemplo de teorías, hipótesis, doctrinas, ideas, etcétera, ignoraron la espontaneidad, ternura e inocencia de quien hablaba.

Seguramente fueron mayoría quienes solo vieron lo esencial del mensaje y la gran misiva de afecto que entrañaba. Eso es y debe ser lo importante frente a una expresión tan auténtica a la cual se tiene acceso por la magia de la tecnología. Bien por Yanfry.

También llama la atención que al preguntarle al niño qué quería ser cuando grande respondiera que Policía. Esto alegró a muchos y les dañó la paz a otros. Sin embargo, la experiencia muestra que a esa edad muchos niños manifiestan interés por ser policía como lo pueden mostrar por ser bombero, piloto, futbolista, conductor, actor o muchas otras actividades de las que han tenido algún conocimiento.

El verdadero propósito como sociedad debería ser que a los niños, niñas y adolescentes se les garantizara un crecimiento pleno y armonioso y en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, sin discriminación alguna. Garantizarles un entorno y una educación adecuada, seguramente llevaría a que los sueños de niños los puedan cumplir de adultos. Esa es la obligación de la familia, la sociedad y el Estado con las personas menores de 18 años.

La edad del protagonista de esta historia lleva a recordar que, de acuerdo con la ley colombiana, se considera niño o niña a las personas entre 0 y 12 años y por adolescente a las personas entre 12 y 18 años de edad. Asimismo, de acuerdo con la Constitución y la ley, las normas relacionadas con los niños, niñas y adolescentes son irrenunciables y prevalentes frente a cualquier otra normatividad. La misma Constitución, los tratados internacionales de Derechos Humanos ratificados por Colombia, en especial la Convención sobre los derechos del niño, se imponen como guía para la interpretación y aplicación de las normas. Tanto es así que, en todo caso, la misma ley obliga a aplicar la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adolescente.

En relación con el interés superior del niño, debe decirse que tiene un espectro tan amplio de aplicación, que en multiplicidad de decisiones no se puede soslayar u omitir. Muchos son los ejemplos de ello y en el ámbito de las controversias en el campo del derecho resultan más patentes.

Solo por mencionar algunos casos, recuerden que en asuntos como enviar a la cárcel a una persona, realizar un desalojo, repartir una herencia, vender un bien inmueble y muchos otros, el criterio primordial a seguir por las autoridades debe ser el de la preservación y protección del interés prevaleciente y superior del menor, a través del principio del interés superior de los niños.

No deben olvidar por tanto las personas con poder o con vocación de poder político y que tengan a su cargo la formulación o ejecución de políticas públicas, que nunca podrán excluir o desconocer en ellas el interés superior de niños, niñas y adolescentes. A guisa de recomendación entonces, vale la pena que vean el video de Yanfry y ayudar para que todos los niños puedan alcanzar sus sueños.

Por: Coronel (RP) Luis Fernando Rey Tovar

Abogado, Magister en Derecho y en Seguridad Pública,

Administrador Policial, Profesional en Criminalística,

Especialista en Seguridad, en Docencia universitaria y en Derecho procesal, constitucional y justicia militar