La sentencia en contra del Estado Colombiano proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el pasado 26 de agosto, es un hecho que llama la atención por varias razones. La primera y más importante, es que en ella se reconoce la violación de varios derechos a una valiente mujer, que en ejercicio de su actividad como periodista sufrió graves agresiones verbales y físicas, incluida la violación.
La segunda es que el tema de los Derechos Humanos trasciende las fronteras y lleva, como en este caso, a declarar la responsabilidad internacional del Estado de Colombia por la violación de varios derechos en perjuicio de la comunicadora y de la madre de esta.
La tercera es que, derivado de una sentencia como esta, emergen cuantiosas indemnizaciones y actos de reparación que nos involucran a todos, que entre todos pagamos. No obstante, y a pesar de los grandes avances que se han dado en la protección y promoción de los Derechos Humanos, si no se logra evitar que las condenas sigan llegando, estas podrían socavar la existencia misma y la viabilidad del Estado.
Los hechos por los cuales se produjo la sentencia datan de mayo del año 2000, cuando frente a la cárcel Modelo de Bogotá, a donde había sido citada la periodista para una entrevista al interior del centro de reclusión, fue secuestrada, ultrajada y abusada, siendo abandonada aproximadamente 10 horas después, cerca de la ciudad de Villavicencio.
Destacó el Tribunal que la violencia por razón de género no es ajena a mujeres periodistas, quienes enfrentan riesgos particulares asociados a su profesión. En cuanto a la investigación de lo ocurrido por parte de las instancias judiciales colombianas, señaló que no hubo diligencia, efectividad ni celeridad y lo que es más grave aún, que la investigación tuvo un carácter discriminatorio por razón de género.
La sentencia resalta que estos hechos ocurrieron con la aquiescencia y colaboración del Estado o cuanto menos con su tolerancia. A pesar de que el Estado negó su participación en lo ocurrido, sí reconoció su responsabilidad por las fallas en el sistema judicial y por la falta de efectividad en cuanto a las amenazas en contra de las afectadas, madre e hija. Lo cierto es que la sentencia, de manera contundente, precisa lo ocurrido, le atribuye la responsabilidad al Estado Colombiano y es por ello que lo condena.
Valga recordar, que Colombia junto con otros 19 países de América está sometida a la competencia de la CIDH; por eso es que esta sentencia que se ha venido comentando tiene plena validez y aplicación. Esto no ocurre con Venezuela y Trinidad y Tobago, que optaron por denunciar la convención o, dicho de otra forma, se retiraron de la misma y por ello la Corte no tiene competencia para adelantar investigaciones en contra de estos dos Estados.
Tal opción para Colombia resulta remota, aun cuando muchos opinadores la reclamen, pues eso no mejora la prevención y protección de DDHH y sí, por el contrario, mostraría al Estado renuente al respeto de los mismos y además desafiante y reacio al escrutinio de un tema que debe ser absolutamente transparente.
Debe llamar a la reflexión de la ciudadanía, que esta sentencia es apenas uno de los cerca de 400.000 procesos que actualmente cursan en contra del Estado Colombiano. Y que las pretensiones económicas de esas demandas ascienden a una cuantía aproximada de 425 billones de pesos.
Para que el lector entienda la magnitud del riesgo, puede compararlo con el presupuesto de la Nación para el 2022, que es de 350,4 billones de pesos. Lo cual significa, ni más ni menos, que, si todas las demandas las perdiera Colombia, la plata solo alcanzaría para pagar dichas demandas.
Debe decirse que en las entidades públicas se cuenta con estructuras encargadas de defender al Estado y que desde 2012 la Agencia Nacional de Defensa Jurídica armoniza la política de prevención y defensa de los asuntos litigiosos de la Nación. Esos defensores tienen una gran responsabilidad, son ellos quienes buscan salvaguardar al Estado de pagar cuantiosas indemnizaciones, los que propenden por el cuidado de los recursos de los ciudadanos.
Por supuesto que en casos como el de Jineth Bedoya, que representa a muchas mujeres víctimas del horror y también a muchas periodistas violentadas, debe llevar a que el Estado y la sociedad dimensionen la gravedad de los hechos y garantizar la no repetición de los mismos. Más importante aún, es que, hacia el futuro, el Estado debe reforzar la prevención y proteger efectivamente los Derechos Humanos como obligación primaria que le corresponde y salvaguardar los derechos esenciales de las personas; de esta manera podrá prevenir los daños y el consecuente desangre presupuestal.
Asimismo, deberá encontrar las estrategias adecuadas para fortalecer la defensa jurídica, principalmente en contra de aquellos mercaderes del dolor que se han enriquecido bajo el abrigo de la defensa de los Derechos Humanos, que en ocasiones son los mismos que bajo ideologías anárquicas denostan de nuestro país en el exterior; de no ser así, seguirán lucrándose con este atractivo negocio y empobreciendo las arcas de nuestra Nación.
Por: Coronel (RP) Luis Fernando Rey Tovar
Abogado, Magister en Derecho y en Seguridad Pública,
Administrador Policial, Profesional en Criminalística,
Especialista en Seguridad, en Docencia universitaria y en Derecho procesal, constitucional y justicia militar